Crear una Sociedad Limitada en 48 horas es posible
Constituimos tu sociedad de forma telemática con capital social a partir de 1 euro

Punto de Atención al Emprendedor (PAE)
Somos expertos en constitución de sociedades y Punto de Atención al Emprendedor acreditado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Creamos empresas de forma telemática en 48 horas.

Solo tendrás que ir a firmar a la Notaría
Al crear la sociedad de forma telemática, los trámites se agilizan. El mismo día de la firma ante Notario de la escritura de constitución ya dispondrás de NIF y en menos de 48h tendrás tu sociedad operativa.

Alta en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
Realizamos los trámites relativos al inicio de actividad con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. El alta de los autónomos societarios está incluida en el servicio.
Gastos de notaría y Registro Mercantil reducidos
Si cumples los siguientes requisitos al crear una SL:
- Capital social mínimo de 1 euro y máximo de 3.100 euros
- Los socios son personas físicas
- Administrador único, dos mancomunados, o varios solidarios
- Te acoges a los estatutos-tipo aprobados legalmente
¿Cuánto cuesta crear una Sociedad Limitada?
+ Honorarios PAE: 290 €
+ Aranceles Notaría (reducidos): 60 €
+ Aranceles Registro (reducidos): 40 €
Total: 390 €
(IVA no incluido)
Cómo crear una SL
Mediante la confección y envío del DUE (Documento Único Electrónico) en el Sistema de Tramitación Telemática (STT) de CIRCE podemos crear una sociedad limitada express. Puedes tener tu sociedad constituida y operativa en un tiempo récord de menos de 48 horas.
Nos encargamos de los trámites
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Tramitamos el certificado de la denominación social en el Registro Mercantil
Elaboramos, revisamos y presentamos el DUE para constituir la sociedad
Lo único que tendrás que hacer
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Ingresas el capital social, solo en caso de querer realizar aportaciones dinerarias
Firmas la escritura de constitución de la sociedad en la notaría
En menos de 48 horas, todo listo
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Obtienes la escritura ya inscrita en el Registro Mercantil
Ya tienes tu sociedad, con NIF definitivo, lista para iniciar su actividad
¿Todavía Tienes Dudas Sobre Cómo Crear Una SL?
Contratas el servicio online, te solicitamos los datos necesarios y te avisamos para ir al Notario a firmar. Es lo único que tendrás que hacer porque del resto de trámites para constituir la sociedad limitada express nos encargamos nosotros.
Contacta con nosotros y estaremos encantados de informarte, sin compromiso.
Tipos de empresas que constituimos telemáticamente
Podemos constituir telemáticamente empresas cuya forma jurídica sea: Sociedad Limitada o SL (Sociedad de Responsabilidad Limitada o SRL) y, en algunas Comunidades Autónomas(*), también Sociedad Civil y Comunidad de Bienes.
PUNTO DE ATENCIÓN AL EMPRENDEDOR
Formas jurídicas admitidas
Como Punto de Atención al Emprendedor (PAE), llevamos a cabo la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática desarrollado por la Dirección General de Industria y de la PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE) en la plataforma del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).
Crear sociedadSOCIEDAD LIMITADA (SL)
Capital social mínimo de 1 euro. Puede tener un único socio. Si el capital social es inferior a 3.000 euros, la dotación de la reserva legal debe suponer al menos el 20% del beneficio hasta que la suma de la reserva legal y el capital social alcance el importe de 3.000 euros, y en caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad es insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital que se haya suscrito.
SOCIEDAD CIVIL
No requiere un capital social mínimo. Se puede constituir con 2 socios o más. La responsabilidad de los socios capitalistas es ilimitada.
COMUNIDAD DE BIENES
No requiere un capital social mínimo. Se puede constituir con 2 socios o más. La responsabilidad de los socios capitalistas es ilimitada.
(*)En algunas Comunidades Autónomas también podemos constituir telemáticamente Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes: Extremadura, Región de Murcia, La Rioja, Galicia, Cataluña y Castilla-La Mancha.
Preguntas frecuentes sobre la creación de una sociedad
Puedes contratar nuestro servicio para crear una SL a través de nuestro sitio web: CREAR SL AHORA. En un par de clics realizas la contratación online y nosotros nos ponemos a trabajar en la creación de tu sociedad limitada. Si lo prefieres, también puedes realizar la contratación por teléfono, llamando al 937 662 689.
Nuestros honorarios ascienden a 290 € (IVA no incluido), e incluyen: el trámite de obtención de la certificación negativa de la denominación social ante el Registro Mercantil Central; asesoramiento en la creación de la sociedad de responsabilidad limitada; coordinación de la firma notarial. Por otra parte, tendrás que pagar los honorarios del Notario y del Registro Mercantil. Si el capital social no es superior a 3.100 € y te acoges a los estatutos-tipo aprobados por el Ministerio de Justicia, los aranceles notariales y registrales ascienden a la cantidad de 60 € para el Notario y 40 € para el Registro Mercantil (IVA no incluido). De esta forma, por sólo 390 € + IVA puedes constituir tu sociedad limitada express en 48 horas.
Si no te acoges a los estatutos-tipo aprobados o superas los 3.100 € de aportación de capital social, igualmente tendrás derecho a unos aranceles bonificados si cumples los siguientes requisitos:
- Constituir la sociedad por vía telemática con un PAE, como Asesoría Genealia
- Los socios deben ser personas físicas
- El capital social no puede superar los 30.000 €
- Administrador único, dos mancomunados, o varios solidarios
En este caso, los aranceles notariales serán de 150 € (IVA no incluido) y los aranceles correspondientes al Registro Mercantil supondrán 100 € (IVA no incluido).
A raiz de la entrada en vigor el 19 de octubre de 2022 de la Ley 18/2022de 29 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, es posible constituir una Sociedad Limitada con 1 euro de capital social.
Eso sí, hay que tener en cuenta que mientras el capital de la Sociedad de Responsabilidad Limitada no alcance los 3.000 euros, se aplicarán las siguientes reglas:
- Deberá destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio hasta que dicha reserva junto con el capital social alcance el importe de tres mil euros.
- En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito.
Efectivamente, es lo mismo. Aunque se la suele conocer como Sociedad Limitada o SL, su denominación completa es la de Sociedad de Responsabilidad Limitada o SRL. En los estatutos de la sociedad, puede aparecer de una forma u otra, puesto que ambas son válidas y se refieren a la misma forma jurídica.
No necesariamente. La Ley de Sociedades de Capital permite la constitución de sociedades mediante aportaciones no dinerarias, es decir, mediante la aportación de bienes.