El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Existe una gran variedad de operaciones sujetas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD). Se agrupan en tres modalidades: transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos jurídicos documentados.
Si has vendido un inmueble, has comprado un vehículo o has alquilado un piso, tendrás que liquidar este impuesto. Y es posible que te encuentres en la necesidad de aclarar dudas o cuestiones relacionadas con el ITPAJD.
Contratando este servicio, calculamos la cuota del impuesto, generamos la correspondiente autoliquidación, te indicamos cómo puedes realizar el pago y, en caso de que sea posible, presentamos la documentación. Además, te asesoramos acerca de cuestiones sobre las que puedes tener dudas como, por ejemplo:
-Si he transmitido un local, ¿qué porcentaje debo aplicar en el cálculo?
-Si he comprado un vehículo en Madrid, pero resido en Barcelona, ¿qué normativa tengo que aplicar?
-He constituido un derecho de usufructo ¿Cómo tengo que declararlo?
-La constitución de un acta de notoriedad, ¿por qué impuesto debe tributar? ¿En qué porcentaje?
-He firmado un contrato de préstamo con un familiar ¿Este hecho debe liquidarse por este impuesto?
-¿Tengo obligación de pagar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales si alquilo una vivienda?
¿Cuándo gestiona este Impuesto la Agencia Tributaria? La gestión de este impuesto se encuentra cedida a las Comunidades Autónomas. No obstante, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla no han asumido estas competencias, por lo que su gestión corresponde a las Delegaciones de la AEAT de Ceuta y Melilla.
Declarar un préstamo entre particulares
Los préstamos entre particulares están sujetos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas. Se trata de una operación sujeta, pero exenta de tributación, aunque se debe autoliquidar.
Declarar la compraventa de bienes inmuebles
La compra de un bien inmueble es una operación sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales cuando no hay obligación de tributar por IVA, y a la modalidad de actos jurídicos documentados cuando sí tributa por IVA y la transmisión se ha formalizado en escritura notarial.
Declarar el alquiler de una vivienda
El alquiler de fincas urbanas está sujeto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas. La base imponible está compuesta por el importe total del alquiler o arrendamiento de la finca urbana, sobre la cual hay que aplicar el tipo de gravamen vigente.
El sujeto pasivo del impuesto, obligado a su pago, es el inquilino.
Declarar la compraventa de un vehículo usado o de una embarcación usada
La compraventa de un vehículo usado o de una embarcación usada está sujeta al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. El sujeto pasivo del impuesto, obligado a su pago, es la persona que adquiere el vehículo o la embarcación.
Declarar una concesión administrativa
La constitución de una concesión administrativa y otros actos equiparados están sujetos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. Actos equiparados a la concesión administrativa son, por ejemplo: autorizaciones de terrazas de bares y restaurantes en la vía pública o en espacios de dominio público; puestos de mercado; autorizaciones de cajeros en fachada que da a la vía pública; chiringuitos y quioscos en playas o espacios públicos.
El sujeto pasivo es el concesionario o beneficiario de la autorización o contrato administrativo.
Datos necesarios
Para realizar el cálculo del impuesto necesitamos que nos facilites los siguientes datos:
- Copia de la escritura pública o del contrato privado
- Copia del DNI
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