¿Quién debe darse de alta en el ROI?
Los empresarios, profesionales autónomos y sociedades mercantiles que realicen operaciones comerciales fuera de España con otros países pertenecientes a la Unión Europea, deben darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y tener en cuenta el IVA intracomunitario.
El ROI es el censo de profesionales y empresarios que llevan a cabo operaciones de prestación de servicios, entregas de bienes y/o adquisición de bienes a terceros de otro estado miembro de la Unión Europea (UE). Este censo también se conoce con el nombre de VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA).
¿Qué incluye nuestro servicio?
Preparamos la documentación necesaria para gestionar el alta para operaciones intracomunitarias y la presentamos en la Agencia Tributaria por ti.
Te damos de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). De esta forma, obtendrás un número especial de identificación fiscal (NIF) para el IVA o número de operador intracomunitario.
Datos necesarios
Para realizar los trámites sólo necesitamos que nos facilites la siguiente información:
- NIF
- Nombre y apellidos o denominación
- Datos de la actividad
Maria V. –
Servicio super rápido y además me lo han explicado todo muy bien. Recomendable 100%