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Tramitar una herencia de forma integral
Nos encargamos de todas las gestiones necesarias para tramitar una herencia de forma integral, desde la apertura de la sucesión hasta la adjudicación de los bienes a los herederos.
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Nos encargamos de todas las gestiones necesarias para tramitar una herencia de forma integral, desde la apertura de la sucesión hasta la adjudicación de los bienes a los herederos.
Tramitar una herencia en España implica tener que realizar varias gestiones a lo largo de un proceso que se inicia después del fallecimiento de una persona
En primer lugar, es necesario obtener el certificado literal de defunción, el certificado de actos de última voluntad y el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento de la persona que ha fallecido.
Si la persona fallecida tenía testamento ante notario, hay que obtener una copia auténtica. En cambio, si no otorgó testamento, los herederos tienen que realizar el acta de declaración de herederos intestados.
Los herederos deben recopilar la documentación necesaria para tramitar la aceptación de la herencia: copia auténtica de títulos de propiedad de inmuebles, certificado de saldos bancarios, de circulación de vehículos, etc.
Llegado este momento, es recomendable que los herederos recurran a la ayuda de una asesoría fiscal especializada que realice un análisis y una planificación fiscal integral para tramitar la herencia.
Una vez los herederos han recopilado la documentación necesaria y se han asesorado fiscalmente, ya pueden acudir a una notaría y otorgar la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia.
Después de firmar la escritura, los herederos deben liquidar impuestos: Impuesto sobre Sucesiones y, solo en caso de que existan bienes inmuebles, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como «plusvalía municipal»).
Abogados y asesores fiscales especializados en tramitar herencias, ofreciendo soluciones adaptadas a la situación de cada cliente.
Somos expertos en Derecho Sucesorio y asesores fiscales, por lo que podemos tramitar una herencia de forma integral.
NOTA: Es posible que no podamos ayudarte si la herencia debe tramitarse en Galicia, en Navarra o en el País Vasco. De todas formas, puedes hacernos la consulta para que analicemos tu caso.
Rellena el formulario con los datos solicitados y contactaremos contigo para presupuestar el servicio.
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Si solo necesitas ayuda para realizar algunas gestiones necesarias para tramitar una herencia, también podemos encargarnos de realizar estas gestiones.
Registro Civil
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No, no son lo mismo. El testamento es el documento en el que una persona nombra a sus herederos. Y la declaración de herederos se realiza en una notaría cuando una persona fallece sin haber hecho testamento.
Solicitando el certificado de actos de última voluntad, también conocido como certificado de últimas voluntades.
Este documento acredita si una persona otorgó testamento y, en caso de que lo hiciera, ante qué notario.
De esta forma, los herederos podrán solicitar al notario el último testamento de la persona fallecida y obtener una copia autorizada.
En el caso de un testamento abierto ante notario, estando en vida el testador solo él o su apoderado puede obtener una copia del testamento.
Pero una vez fallecida la persona que hizo el testamento, tienen derecho a obtener una copia los herederos, legatarios, albaceas, contadores-partidores, administradores, legitimarios, etc. Es decir, las personas a las que se les reconozca en el testamento algún derecho o facultad.
Sí, es posible renunciar a una herencia, formalmente, mediante escritura pública. Una vez tomada la decisión, esta no puede revertirse.
Si aceptas la herencia, te convertirás en el titular de todos los bienes y derechos de la persona fallecida, pero también asumirás la responsabilidad de las deudas existentes.