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Tramitar una herencia de forma integral

Nos encargamos de todas las gestiones necesarias para tramitar una herencia de forma integral, desde la apertura de la sucesión hasta la adjudicación de los bienes a los herederos.

Pasos para tramitar una herencia

Tramitar una herencia en España implica tener que realizar varias gestiones a lo largo de un proceso que se inicia después del fallecimiento de una persona

Solicitud de certificados

En primer lugar, es necesario obtener el certificado literal de defunción, el certificado de actos de última voluntad y el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento de la persona que ha fallecido.

Título sucesorio

Si la persona fallecida tenía testamento ante notario, hay que obtener una copia auténtica. En cambio, si no otorgó testamento, los herederos tienen que realizar el acta de declaración de herederos intestados.

Documentos inventario

Los herederos deben recopilar la documentación necesaria para tramitar la aceptación de la herencia: copia auténtica de títulos de propiedad de inmuebles, certificado de saldos bancarios, de circulación de vehículos, etc.

Asesoramiento fiscal

Llegado este momento, es recomendable que los herederos recurran a la ayuda de una asesoría fiscal especializada que realice un análisis y una planificación fiscal integral para tramitar la herencia.

Aceptación de herencia

Una vez los herederos han recopilado la documentación necesaria y se han asesorado fiscalmente, ya pueden acudir a una notaría y otorgar la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia.

Pago de impuestos

Después de firmar la escritura, los herederos deben liquidar impuestos: Impuesto sobre Sucesiones y, solo en caso de que existan bienes inmuebles, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como «plusvalía municipal»).

Abogados y asesores fiscales especializados en tramitar herencias, ofreciendo soluciones adaptadas a la situación de cada cliente.

Servicio integral para tramitar una herencia

Somos expertos en Derecho Sucesorio y asesores fiscales, por lo que podemos tramitar una herencia de forma integral.

  • Obtención de certificados (defunción, últimas voluntades y contratos de seguros)
  • Asesoramiento legal en casos de herencia sin testamento
  • Revisión de testamentos y asesoramiento en la elaboración del inventario
  • Elaboración de documento privado de aceptación de la herencia en los casos que corresponda
  • Asistencia en la gestión y obtención de documentos necesarios para gestionar la aceptación de la herencia
  • Gestión de la cita notarial para firmar la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia
  • Asesoramiento y planificación fiscal
  • Liquidación de impuestos
  • Inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad

NOTA: Es posible que no podamos ayudarte si la herencia debe tramitarse en Galicia, en Navarra o en el País Vasco. De todas formas, puedes hacernos la consulta para que analicemos tu caso.

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Responsable: Elena Campoy Dot. Finalidad: atención de solicitudes de información. Legitimación: consentimiento del interesado. Destinatarios: no se ceden datos a terceros, salvo obligación legal; encargados de tratamiento adheridos al Privacy Shield. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en info@genealia.es. Información adicional: puedes consultarla en nuestra política de privacidad.

¿Buscas una asesoría fiscal y legal solo para realizar algunas gestiones?

Si solo necesitas ayuda para realizar algunas gestiones necesarias para tramitar una herencia, también podemos encargarnos de realizar estas gestiones.

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Preguntas frecuentes sobre cómo tramitar una herencia

No, no son lo mismo. El testamento es el documento en el que una persona nombra a sus herederos. Y la declaración de herederos se realiza en una notaría cuando una persona fallece sin haber hecho testamento.

Solicitando el certificado de actos de última voluntad, también conocido como certificado de últimas voluntades.

Este documento acredita si una persona otorgó testamento y, en caso de que lo hiciera, ante qué notario.

De esta forma, los herederos podrán solicitar al notario el último testamento de la persona fallecida y obtener una copia autorizada.

En el caso de un testamento abierto ante notario, estando en vida el testador solo él o su apoderado puede obtener una copia del testamento.

Pero una vez fallecida la persona que hizo el testamento, tienen derecho a obtener una copia los herederos, legatarios, albaceas, contadores-partidores, administradores, legitimarios, etc. Es decir, las personas a las que se les reconozca en el testamento algún derecho o facultad.

Sí, es posible renunciar a una herencia, formalmente, mediante escritura pública. Una vez tomada la decisión, esta no puede revertirse.

Si aceptas la herencia, te convertirás en el titular de todos los bienes y derechos de la persona fallecida, pero también asumirás la responsabilidad de las deudas existentes.