Recurso potestativo de reposición ante la AEAT
El recurso potestativo de reposición ante la AEAT se presenta contra una resolución de la Agencia Tributaria, con carácter previo a la reclamación económico-administrativa.
Es muy importante que tengas en cuenta que la interposición de un recurso no suspende la deuda. Ésta sigue su curso, pudiendo llegar a apremio y propuesta de embargo.
Dispones de un plazo de 1 mes natural desde la notificación de la resolución con liquidación provisional. Por este motivo, es muy importante que prestes especial atención al plazo que te resta para presentar el escrito.
Finalidad del recurso potestativo de reposición
La finalidad del recurso potestativo de reposición es conseguir que la Agencia Tributaria rectifique y/o revoque el acto que ha dictado.
¿Qué incluye nuestro servicio?
Este servicio incluye:
- El estudio del asunto en cuestión y la redacción del recurso potestativo de reposición para que puedas presentarlo en la Agencia Tributaria.
- La resolución de las dudas que nos quieras plantear relacionadas con el recurso.
Nota informativa
Este servicio no incluye intervención en Juzgados o Tribunales ni negociaciones en procesos judiciales y/o arbitrales. Tampoco la protocolización ante Notario.
Tiempo estimado de tramitación
De 5 a 10 días laborables desde que nos facilites la información necesaria.
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