ASESORÍA FISCAL > DECLARACIÓN DE LA RENTA

Declaración de la Renta online

Somos una asesoría fiscal especializada en la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Gestión y asesoramiento fiscal en toda España.

Elaboramos tu Declaración de la Renta online. Somos Colaboradores Sociales de la Agencia Tributaria y miembros de ADECLA.

¿Cómo funciona nuestro servicio?

Nos encargamos de elaborar tu declaración anual del IRPF, asesorarte fiscalmente y presentar la declaración en la Agencia Tributaria.

  • Cuando contrates el servicio de Declaración de la Renta online, te solicitaremos la información necesaria.
  • Analizaremos tu situación personal, financiera y laboral, y revisamos tu declaración.
  • Comprobaremos si es posible aplicarte deducciones que no están incluidas en el borrador de tu declaración, así como las ayudas públicas que te corresponden y los anticipos de familia numerosa o maternidad.
  • Te informaremos del resultado de la declaración, por si quieres comentar con nosotros alguna duda.
  • Presentaremos tu Declaración del IRPF en la Agencia Tributaria.
Contratar Renta

Campaña de la Renta del ejercicio 2024

La campaña para la presentación de la Declaración de la Renta de 2024 empieza el 2 de abril y finaliza el 30 de junio de 2025, excepto en el caso de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, para las que concluye el 25 de junio de 2025

Contrata online el servicio de Declaración de Renta online (IRPF). Evita desplazamientos innecesarios a la oficina de un asesor fiscal o a la delegación de Hacienda.

¿Necesitas ayuda profesional con tu Declaración de la Renta del ejercicio 2024?

Cese de actividad

Renta con determinadas operaciones

Si has realizado operaciones con acciones, criptomonedas, CFDs, futuros, ETFs, etc., no contrates online el servicio. Contacta con nosotros para que analicemos tu caso particular y te enviemos el presupuesto del servicio.

Asesoría fiscal líder en España

Revisamos tu Declaración de la Renta online para que no pagues de más. Somos asesores fiscales especializados en el IRPF.

Colaborador Social AEAT

Preguntas frecuentes sobre la Declaración de la Renta

Desde el 12 de marzo de 2025 puede obtener el número de referencia para el acceso a los servicios personalizados de Renta 2024 y desde el 19 de marzo de 2025 se puede acceder a los datos fiscales.

Respecto a la elaboración y presentación de la declaración de la renta del ejercicio 2024, los plazos a tener en cuenta son las siguientes:

  • Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: presentación de la declaración por Internet.
  • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: elaboración y presentación de la declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
  • Del 2 de junio al 30 de junio de 2025: elaboración y presentación de la declaración de Renta 2024 presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).

En caso de realizar el pago del impuesto con domiciliación bancaria, el plazo de para presentar la declaración finaliza el 25 de junio de 2025.

Es posible que te favorezca realizar la declaración de la renta conjunta con tu pareja, especialmente si tu pareja no trabaja o percibe ingresos bajos.

Nosotros siempre realizamos la simulación de la declaración individual y la conjunta, si corresponde, para comparar las dos opciones y elegir la más favorable para nuestros clientes.

El porcentaje de retención aplicable sobre el total de las retribuciones del trabajo se determina en función de tu situación personal y familiar (estado civil, hijos, personas a cargo, discapacidad, familia numerosa, etc.), así como de la cuantía total de las retribuciones que el pagador tiene previsto pagarte en el año natural.

A través del modelo 145, comunicas al pagador tu situación personal y familiar, cuando te incorporas a un nuevo trabajo, pero también debes comunicar cualquier cambio que se produzca en tu situación personal y familiar.

Si comunicas algún cambio en tu situación personal y familiar y afecta al tipo de retención, el pagador tendrá que realizar una regularización en la retención del IRPF que aplica.

Depende de varias cuestiones como, por ejemplo: rendimientos íntegros del trabajo, dividendos, seguros de vida, si ha habido transmisión de inmuebles, acciones, monedas virtuales, cualquier otro tipo de ganancia patrimonial, si se tiene un inmueble alquilado, rendimientos de actividades económicas, etc.

Hay diversas variables que hay que tener en cuenta, por lo que resulta necesario analizar exhaustivamente la situación de cada cliente.

Puedes solicitar más información a través de nuestro formulario de contacto: solicitar información.

En tu declaración de la renta del ejercicio 2024 es posible aplicar varias deducciones que reducen el importe a pagar a la Agencia Tributaria.

Principalmente, deducciones por:

  • Inversión en vivienda habitual (si se adquirió antes del 1 de enero de 2013).
  • Aportaciones a planes de pensiones.
  • Rentas obtenidas por el alquiler de una vivienda habitual.
  • Maternidad para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años.
  • Aportaciones a partidos políticos y cuotas de afiliación.
  • Cuotas pagadas a sindicatos y colegios profesionales.
  • Pensiones compensatorias y alimenticias.
  • Adquisición de vehículos eléctricos.
  • Inversión en empresas de nueva creación.
  • Mejora de eficiencia energética en viviendas.
  • Residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
  • Personas con discapacidad a cargo.
  • Familia numerosa.
  • Protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial.

Nos encargamos de comprobar para cada caso particular de nuestros clientes todas las reducciones y deducciones en el IRPF que se pueden aplicar en la declaración de la renta.

Puedes solicitar más información a través de nuestro formulario de contacto: contactar.

Al calcular el rendimiento del capital inmobiliario que procede del alquiler de un inmueble de tu propiedad, puedes deducir todos los gastos necesarios para la obtención de estos rendimientos. También las cantidades destinadas a la amortización del inmueble.

Principalmente, puedes deducirte los siguientes gastos:

  • Financiación: son los intereses y otros gastos de financiación de los capitales invertidos en la adquisición o mejora de la vivienda.
  • Conservación y reparación: son los gastos realizados para mantener el uso normal de los bienes materiales (por ejemplo, pintar la vivienda o arreglas instalaciones) y la sustitución de elementos (por ejemplo, el ascensor o instalaciones de calefacción).
  • Ampliación o mejora: no son deducibles las cantidades destinadas a la ampliación o mejora de los bienes, pero constituyen un mayor valor de adquisición y su recuperación se efectúa a través de las correspondientes amortizaciones (por ejemplo, cerrar una terraza, tirar tabiques y unir habitaciones, hacer armarios empotrados nuevos, etc.).
  • Tributos y recargos no estatales: entre otros tributos, puedes deducir el IBI y la tasa de basuras.
  • Seguro: también puedes deducir las primas de contratos de seguros.
  • Comunidad de Propietarios: las cuotas satisfechas a la Comunidad de Propietarios.
  • Indemnización para rescindir el contrato de arrendamiento: la indemnización que hayas tenido que pagar al inquilino constituye una inversión o mejora del inmueble.
  • Gastos de adquisición de electrodomésticos y mobiliario: los puedes deducir vía amortización.
  • Gastos de defensa jurídica.

Últimos artículos y publicaciones

En nuestro blog de asesoría y consultoría puedes encontrar noticias de actualidad y contenidos de interés.

Visita nuestro blog