Modelo 179: declaración para el control del alquiler vacacional

Alquiler vacacional

Plataformas de alquiler vacacional o turístico

En España existen en la actualidad varias plataformas de alquiler vacacional, como Airbnb, Wimdu, Niumba y HomeAway. Estas plataformas han contribuido en los últimos años a la extensión del arrendamiento de viviendas por días.

El modelo 179: declaración informativa trimestral

Es por ello que en el año 2018 se aprobó, vía Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, el modelo 179, es decir, la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

Esta declaración informativa afecta, especialmente, a las citadas plataformas de alquiler turístico o vacacional. Exactamente, va dirigida a las personas y entidades que prestan el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos.

¿Qué entiende Hacienda por cedente y cesionario?

El cedente es el propietario del inmueble que lo ofrece para alquiler vacacional. El cesionario es la persona que hace uso de ese inmueble durante un tiempo determinado.

¿Qué entiende Hacienda por vivienda con fines turísticos?

La cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda que esté amueblada y equipada. Además, que esté en condiciones de uso inmediato y que se comercialice o promocione en canales de oferta turística, todo ello con finalidad lucrativa.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 179?

Como ya se ha comentado, los obligados son las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos.

[bctt tweet=»Te explicamos quién está obligado a presentar el modelo 179 en el alquiler vacacional» username=»@genealiaonline»]

Tienen la consideración de intermediarios a estos efectos, intermediarios digitales como son las plataformas colaborativas, así como otros intermediarios tradicionales. Su actividad en la operación consiste en la efectiva confluencia entre oferta y demanda de la cesión de dichas viviendas.

¿Entonces, si soy propietario de una vivienda de alquiler vacacional, no tengo que presentar el modelo 179?

No. Como propietario de una vivienda cuyo uso tiene fines turísticos, no tienes que presentar el modelo 179. Pero recuerda que para cumplir con tus obligaciones tributarias, debes declarar en el IRPF tus ingresos de alquiler vacacional como rendimiento del capital inmobiliario. Declararás los ingresos por los días que haya estado alquilada la vivienda e imputarás renta por los días que no lo haya estado.

Si tienes alguna duda sobre si tienes que presentar el modelo 179 ante la Agencia Tributaria, puedes contratar nuestro servicio de Consultas sobre fiscalidad e impuestos.

¿Qué información se facilita en la declaración trimestral?

Obligatoriamente se deben facilitar los siguientes datos:

  • Dirección completa del inmueble, especificando la referencia catastral.
  • Fecha de inicio de la cesión del uso del inmueble.
  • Número de días que se ha cedido la vivienda con fines turísticos.
  • Identificación de los titulares de la vivienda de alquiler vacacional, así como de las personas o entidades cesionarias (las que hacen uso del inmueble).
  • Cantidad económica percibida por el titular cedente del uso de la vivienda de alquiler vacacional.

¿Cuándo se tiene que enviar la información a la Agencia Tributaria?

En el momento en el que se produce la cesión del inmueble. Es decir, en ese trimestre se tiene que declarar la operación, aunque la intermediación se haya producido en un momento anterior.

¿Se tienen que informar las viviendas de alquiler vacacional de fuera de España?

No. Sólo hay que incluir en la declaración informativa trimestral (modelo 179) las cesiones de uso de viviendas con fines turísticos que están ubicadas en territorio español.

 

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