La nueva ley del trabajador autónomo
Después de un largo proceso de debate y su aprobación por unanimidad en el Congreso de los Diputados en este mes de octubre, el Senado ha ratificado la nueva Ley de Autónomos.
Este nuevo texto legal incluye una batería de medidas que mejoran de manera considerable los derechos de los autónomos. No sólo porque mejora la protección social, las condiciones para emprender y reemprender, sino también, porque elimina trabas y facilita el desarrollo de la actividad empresarial y profesional de este colectivo.
No obstante, habrá que esperar para ver si se cumplen los objetivos marcados en la Ley. Entre ellos, los más importantes, como son la creación de empleo y la consolidación de la actividad profesional y empresarial.
Medidas que contiene la ley de autónomos
La nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha entrado ya en vigor. No obstante, la mayoría de las medidas que la integran no desplegarán todos sus efectos hasta el 1 de enero de 2018.
A continuación, te resumimos las principales novedades introducidas por esta ley.
Para trabajadoras autónomas
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Se concede una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres trabajadoras autónomas que decidan reemprender la actividad antes de dos años desde que cesaron en su negocio por motivo de maternidad, adopción o acogimiento.
Para emprendedores
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Ampliación de la tarifa plana de 50 euros de 6 a 12 meses para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Los emprendedores podrán acogerse de nuevo a esta tarifa plana una vez que hayan transcurrido tres años desde que la disfrutaron, si vuelven a reemprender.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Se extienden las bonificaciones de la tarifa plana hasta los 24 meses. Los seis meses siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros tendrán una bonificación del 50%. Y los últimos seis meses restantes, se bonificarán al 30%.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Se aprueban una serie de mejoras dirigidas a aquellos emprendedores que padezcan una determinada discapacidad. Sobre las mismas hablaremos en próximos artículos.
Prevención de riesgos laborales
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Reconocimiento de las coberturas por accidente in itinere. Significa que, por primera vez, aquellos autónomos que sufran un accidente cuando se dirijan a su puesto de trabajo o cuando regresen del mismo tendrán derecho a que se les reconozcan una serie de coberturas.
Para ello será conditio sine qua non que el lugar donde se encuentra el puesto de trabajo no coincida con su domicilio.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Mejora notable de la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos pudiendo acceder a una formación adaptada a sus necesidades y actividades.
Medidas de carácter fiscal
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Reducción considerable de los recargos por el retraso en los pagos a la Seguridad Social.
En la actualidad, el recargo está establecido en un 20%. Con la nueva ley será del 10% el primer mes y del 20% los siguientes.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Reconocimiento del derecho de los autónomos a deducirse hasta un 30% de los gastos de suministros, tales como el agua, la luz y telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
Por tanto, los autónomos que desarrollen su actividad laboral desde su domicilio podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros (agua, electricidad y telefonía).
[bctt tweet=»Conoce las medidas de la nueva ley de autónomos» username=»genealiaonline»][icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Los autónomos podrán deducirse hasta un importe de 26,67 € diarios en concepto de gasto de comida, siempre que la actividad profesional o empresarial se lleve a cabo en España.
Estos gastos tienen que estar justificados por medios telemáticos (pago con tarjetas, tpv, móviles, etc) con la finalidad de que dejen constancia del pago.
Esta cifra se verá incrementada a 48,08 € diarios, siempre que el trabajador autónomo esté desarrollando su actividad profesional o empresarial en el extranjero.
Sobre cotizaciones y bonificaciones
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Cuando un autónomo solicite el alta en el RETA pagará a partir del día efectivo que se tramita el alta y no todo el mes como hasta ahora. Lo mismo ocurrirá en caso de tramitar la baja.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Se reconoce el derecho de devolución del exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tenga que solicitarse previamente.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Podrán cobrar el 100% de la pensión y continuar trabajando si tienen al menos contratado un trabajador a su cargo.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Para garantizar una mejor conciliación laboral y familiar, se reconoce la aplicación de una exención del 100% de la cuota de autónomos para el cuidado de menores o personas dependientesdurante un año.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] La reforma incluye la desvinculación de la cotización del autónomo societario al SMI y al grupo A del Régimen General.
Lo que significa que la cuota de los trabajadores autónomos societarios no subirá de forma automática, sino que dependerá de lo que determinen los presupuestos generales del Estado, una vez negociado previamente con las diferentes asociaciones de autónomos más importantes.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Tendrán la posibilidad de cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, atendiendo a sus intereses e ingresos.
Con la anterior normativa, un autónomo podía cambiar únicamente dos veces su bases de cotización. La nueva ley de autónomos permitirá a los autónomos adecuar sus bases mínimas a los ingresos que reciban hasta cuatro veces al año.
Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Los autónomos que sean madres/padres no tendrán que pagar la cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción y/o acogimiento.
Para la contratación
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Los autónomos podrán contratar a familiares (padres, hijos, hermanos, pareja, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras). No viéndose limitados por el número de contrataciones y el perfil del empleado.
Las contrataciones deben realizarse con familiares y/o parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive.
Como novedad, se prevé la bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social por cada contrato indefinido a un familiar. Eso sí, siempre y cuando en el año anterior no se haya producido ningún despido improcedente y se mantengan las contrataciones, al menos, durante seis meses.
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
Medidas de cohesión social
[icon name=»check-square-o» class=»» unprefixed_class=»»] Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas tendrán la consideración de “utilidad pública”.
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