Tipos de IVA según la actividad
El IVA o impuesto sobre el valor añadido es una carga fiscal aplicada sobre el consumo, generalizada en la Unión Europea y aplicada en muchos países, entre ellos España.
Cuenta con la particularidad de que el consumidor no lo paga directamente a la Agencia Tributaria. Es el autónomo o la empresa que vende o presta el servicio, quien se encarga de recaudarlo e ingresarlo en el Tesoro Público mediante las correspondientes declaraciones.
Dependiendo de la actividad que realices, debes incluir en tus facturas un tipo determinado de IVA. El tipo general es del 21% pero también existen el tipo reducido del 10% y el superreducido del 4%.
El tipo reducido afecta a determinados bienes. Se aplica a productos de alimentación, productos para la agricultura y ganadería, agua, medicamentos para animales, gafas y lentillas. También a determinados servicios de transporte terrestre de viajeros, hostelería, restaurantes, campings, balnearios, limpieza de calles, recogida de basuras, entre otros.
Por su parte, el superreducido es menos frecuente y se aplica a alimentos básicos, libros, periódicos, revistas, medicamentos. También a productos y servicios para discapacitados y viviendas de protección oficial.
Por otro lado, encontramos determinadas actividades exentas de IVA. Entre ellas cabe destacar los servicios médicos y sanitarios, educación y formación. También las sociedades culturales y deportivas, operaciones financieras y de seguros, entre otras.
Declaraciones trimestrales del IVA
Si quieres constituirte como autónomo, antes de comenzar tu actividad empresarial o profesional debes realizar una serie de trámites administrativos, siendo uno de ellos darte de alta como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social.
Para ello, se utiliza el Modelo 037 a través del cual informarás de la actividad que vas a realizar, los impuestos que presentarás y el sistema que utilizarás para calcularlos.
Para ingresar el IVA en el Tesoro Público debes presentar las declaraciones trimestrales del IVA a través del Modelo 303.
El IVA que recibas por tu actividad se denomina repercutido o devengado. Por su parte, el IVA soportado sigue una lógica contraria. Es decir, cuando compras productos a tus proveedores o pagas algún servicio, eres tú el que está pagando el impuesto. En ese caso, lo estás soportando.
En cuanto al plazo para su presentación, se debe presentar antes del día 20 de los meses de abril, julio y octubre y antes del 30 de enero.
Declaración anual del IVA
Además de las declaraciones trimestrales del IVA, debes presentar una declaración anual que reúna todas las declaraciones trimestrales del IVA. Para ello hay que presentar el Modelo 390 durante los treinta primeros días naturales del mes de enero.
Este Modelo 390 es una declaración tributaria informativa que contiene el resumen anual de las operaciones que has realizado a lo largo del año natural relativas a la liquidación del IVA.
El IVA con criterio de caja
El régimen especial del IVA con criterio de caja había sido una de las medidas más demandadas por el colectivo de autónomos. Consiste en aplazar la declaración del IVA de una factura a Hacienda hasta que ésta sea cobrada o pagada.
Si estás interesado en acogerte a este régimen, debes solicitarlo con la presentación del Modelo 036 ó 037 o en el mes anterior al inicio del año natural en el que deba comenzar a ser de aplicación.
Declaración trimestral del IRPF
Como autónomo, cuando realizas una actividad económica tienes que declarar el beneficio que obtienes y tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para ello, tendrás que efectuar cuatro pagos fraccionados trimestralmente a cuenta de la futura declaración de la renta anual.
Si tributas en estimación directa, tendrás que utilizar el Modelo 130. Y el Modelo 131 si tributas por módulos.
La presentación de ambos modelos tiene lugar antes del día 20 en los meses de abril, julio y octubre y antes del 30 de enero.
Declaración anual del IRPF
Si eres autónomo y has obtenido rentas sujetas al Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF), seguramente estarás obligado a presentar la declaración de la renta o declaración anual del IRPF.
En Asesoría Genealia confeccionamos y presentamos tu Declaración de la Renta Anual. Si lo que quieres es conocer el resultado de tu Declaración de la Renta Anual para el próximo año, elaboramos una simulación del IRPF, ya sea mediante la tributación conjunta o individual.
Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta
Si eres autónomo y tienes trabajadores a tu cargo, deberás declarar los importes de las retenciones que has practicado en las nóminas, a través del Modelo 111.
Si tienes algún local alquilado que dedicas a tu actividad, deberás presentar el Modelo 115.
El plazo para presentar ambas declaraciones es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Cómo presentar las declaraciones
Las personas físicas que no estén obligadas a utilizar la firma electrónica avanzada pueden presentar, con carácter general, sus declaraciones ante la Agencia Tributaria mediante el certificado electrónico reconocido, con el sistema Cl@ve PIN o mediante su presentación en papel ante la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente.
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