¿Qué es la declaración trimestral del IRPF?
La declaración trimestral de IRPF se materializa con la cumplimentación y presentación del modelo 111. A través de este modelo 111 los autónomos y las empresas declaran las retenciones que han tenido que practicar a lo largo del trimestre.
¿Qué son las retenciones?
Las retenciones surgen porque la normativa fiscal prevé la figura del retenedor, es decir, del obligado a practicar estas retenciones e ingresarlas en la Hacienda Pública.
Una retención es una cantidad de dinero que el pagador está obligado a solicitar que se descuente del importe de la factura que emita el prestador del servicio o la persona obligada a emitir factura.
En otras palabras, la obligación de aplicar la retención es del pagador, dejando de ingresar al prestador del servicio un determinado porcentaje.
Es por ello que esta retención (la cantidad no pagada al prestador del servicio) será ingresada por el pagador a la Agencia Tributaria, a través del modelo 111, al final del trimestre «en nombre del profesional al que se le descontó».
Estamos ante una cantidad de dinero a cuenta, ya que la Hacienda Pública lo devolverá, según el caso, cuando se presente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (modelo 100).
¿Quién es el obligado a presentar la declaración trimestral de IRPF?
Como ya te hemos adelantado, el obligado a practicar la retención es el pagador.
[bctt tweet=»Te contamos qué es el #modelo111 #IRPF» username=»genealiaonline»]De esta forma, si eres el cliente y recibes una factura de un proveedor con una retención mal calculada o sin incluir retención cuando tendría que aplicarse, el responsable ante la Agencia Tributaria serás tú, ya que eres quien recibe la factura y no quien la ha emitido.
¿A quién se debe retener?
Si eres empresa, profesional o empresario que en el desarrollo de tu actividad profesional o económica has contratado servicios, tendrás la obligación de retener.
En este sentido las rentas más habituales que serán objeto de retención son las que te detallamos:
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- La retención que debe practicarse en la nómina o el finiquito de tus empleados.
- Si para el desarrollo de tu actividad tienes alquilado un local, la factura que te emita el arrendador debe contener la retención.
- En caso de que hayas recibido los servicios de “profesionales liberales”, las facturas que recibas por los trabajos realizados, deberán llevar la correspondiente retención.
- Las facturas que envían algunos empresarios (personas físicas) que realizan determinadas actividades que están tributando en módulos (estimación objetiva), deben también llevar la retención.
- Por último, la retención de carácter financiero por el pago de dividendos a socios o de intereses de algunos préstamos recibidos.
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[icon name=»bullhorn» class=»» unprefixed_class=»»] Muy importante, no te olvides de comunicar a Hacienda a la Agencia Tributaria que eres retenedor y que presentarás el modelo 111.
Si eres el cliente y recibes una factura de un proveedor con una retención mal calculada o sin incluir retención cuando tendría que aplicarse, el responsable ante la Agencia Tributaria serás tú, ya que eres quien recibe la factura y no quien la ha emitido.
Podrás hacerlo a través del modelo 036 ó 037. Si dispones de certificado electrónico, puedes tramitarlo cómodamente mediante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Cuáles son los plazos de presentación del modelo 11?
La declaración trimestral de IRPF o modelo 111 tendrás que presentarla cada trimestre.
Dispondrás de un plazo de 20 días naturales una vez haya finalizado cada trimestre tal y como indique el calendario fiscal, es decir, en abril, julio, octubre y enero.
En resumen, los plazos de presentación del modelo 111 son:
1º trimestre | Del 1 al 20 de abril, ambos inclusive |
2º trimestre | Del 1 al 20 de julio, ambos inclusive |
3º trimestre | Del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive |
4º trimestre | Del 1 al 20 de enero, ambos inclusive |
Recuerda que en el supuesto de que el día de finalización del plazo coincida con un sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil.
En resumen, si eres trabajador autónomo y estás obligado a presentar este modelo 111 puedes hacerlo: de forma presencial o a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
¿Si eres empresas cómo debes presentar el modelo 111?
Tras la entrada en vigor de la modificación operada a través del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligatoriedad de las personas jurídicas de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Así que si eres autónomo o empresa y estás obligado a presentar y liquidar el modelo 111, lo más recomendable es que contrates los servicios de un asesor y, de esta forma, poder evitar posibles sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria.
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