¿Qué es un certificado de actos de última voluntad?
Un certificado de últimas voluntades o certificado de actos de última voluntad es un documento oficial que certifica si una persona ha otorgado testamento durante su vida y, de ser así, ante qué notario lo otorgó.
Aunque seas titular de un derecho legítimo para heredar y tengas la certeza de que el fallecido ha otorgado testamento antes de morir, ello no te capacita para que puedas disponer de su herencia. En todo caso resulta imprescindible disponer del certificado de últimas voluntades, así como del certificado de defunción para iniciar los trámites de la herencia.
En nuestra asesoría recibimos consultas en las que nos preguntan, entre otras cuestiones, cómo actuar ante el fallecimiento de un familiar, en el sentido de cómo saber si la persona fallecida había otorgado testamento o no. Lo cierto es que la forma de saberlo pasa por solicitar el certificado de últimas voluntades.
A continuación, te explicamos quién puede solicitarlo, cómo se puede conseguir y dónde se obtiene este certificado.
¿Quién puede solicitar el certificado de últimas voluntades?
En el sitio web del Ministerio de Justicia puedes encontrar información detallada acerca de quién puede solicitar este certificado:
¿Quién puede solicitarlo? Cualquier persona interesada en obtener esta información, siempre y cuando posea la documentación necesaria y realice el pago de la tasa correspondiente.
Uno de los documentos requeridos en algunos casos determinados es el certificado de defunción.
La documentación de que dispone el Registro de Últimas Voluntades es de carácter público y, por lo tanto, cualquier persona puede acceder a ella.
Esta publicidad te permite saber, entre otras cuestiones, en qué notaría consta el último testamento realizado por una persona. De esta forma, los herederos forzosos o aquellas personas que demuestren tener un interés legítimo, pueden solicitar una copia del testamento al notario autorizante.
¿Cómo se puede conseguir el certificado?
El certificado de últimas voluntades se puede solicitar a través de Internet, por correo postal, o bien presencialmente en cualquiera de las Gerencias Territoriales o en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
Para ello, es necesario cumplimentar un impreso (modelo 790) y abonar la tasa correspondiente.
No obstante, hay que tener en cuanta que este certificado no será emitido hasta que transcurran, al menos, 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha del fallecimiento.
Por lo tanto, para poder solicitar el certificado de últimas voluntades debe haber transcurrido este plazo desde la defunción de la persona sobre la cual se solicita el certificado.
¿Dónde recibirás el certificado de últimas voluntades?
Tal y como hemos explicado anteriormente, el certificado de últimas voluntades puede solicitarse de forma presencial, por correo postal o por Internet. En función de la forma en que se haya solicitado, variará la forma de entrega del documento.