Diferencias entre indemnización y finiquito
En primer lugar, empezaremos diferenciando dos conceptos que se pueden llegar a confundir fácilmente: finiquito e indemnización.
Pese a que es verdad que los dos conceptos hacen referencia a la finalización de un contrato, es importante destacar que la indemnización es la compensación que la empresa abona al trabajador cuando las relaciones laborales finalizan. Para que nazca este derecho a indemnizar, la finalización del contrato debe basarse en causas ajenas a la voluntad del empleado (despido improcedente o por causas objetivas).
El finiquito es un documento que expide el empresario cuando se extingue una relación laboral, por finalización del tiempo estipulado en el contrato de trabajo, baja voluntaria o bien por despido. El trabajador en estos casos, tendrá derecho a que se le liquide cuantos haberes tiene pendiente el empresario de pagarle. El importe variará en función del tiempo trabajado en la empresa, de las vacaciones y del tipo de indemnización.
En conclusión, el finiquito es un documento necesario para cualquier forma de extinción de la relación laboral y la indemnización solamente es obligada en los supuestos de despido o fin de contrato temporal.
Puede resultar una paradoja para muchas personas que la cantidad que reciben como indemnización por despido esté exenta del pago de impuestos y no lo esté la cantidad que reciben por el finiquito. Pero es así, hay que tributar por el finiquito.
¿Qué partes integran el finiquito?
La retribución por el finiquito procede, fundamentalmente, de los siguientes conceptos:
[bctt tweet=»¿Sabes si tienes que pagar impuestos por lo que has cobrado de #finiquito?» username=»@genealiaonline»]- Las pagas extraordinarias que todavía no se han recibido, en proporción a la cantidad de días que transcurran desde la baja en la empresa.
- Los días de vacaciones devengados y todavía no disfrutados.
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Por último, los 15 días de antelación o preaviso que el empresario tiene para avisarte de la finalización del contrato. Suele ser habitual que el despido se produzca sin cumplir esos días, por lo que la empresa deberá abonarlos.
- Cualquier otro concepto retributivo o indemnizatorio adicional, devengado antes de la fecha de baja o que haya sido acordado con el empleado.
No obstante, no olvides que si junto con el finiquito recibes una indemnización por despido, la cantidad correspondiente a ésta exenta de tributar es de un límite máximo de 180.000 euros.
Por lo tanto, para determinar si el finiquito tributa deberás atender a la naturaleza de los conceptos retributivos que éste contiene, aunque generalmente todos tributan.
¿Cómo realizar los cálculos?
Por si tienes dudas acerca de cómo se calcula el finiquito, vamos a verlo con un ejemplo.
Ejemplo
Una persona que lleva 2 años trabajando en una empresa bajo la categoría profesional de auxiliar administrativo recibe la siguiente remuneración:
- Salario base: 1.350 euros mensuales.
- Plus de antigüedad: 60 euros mensuales.
- Dos pagas extraordinarias anuales pagadas en los meses de junio y diciembre (salario base + plus de antigüedad)
La finalización del contrato de trabajo se produce el día 04/09/2018 y le quedan pendientes de disfrutar 8 días de vacaciones.
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Cálculo del salario del día 1 al 4 de septiembre de 2018
Salario base mensual + plus de antigüedad: 1.350€ + 60€ = 1.410€
Salario diario: 1.410€ / 30 días = 47€ / día
Remuneración por cuatro días trabajados en septiembre: 47€ x 4 días = 188€
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Cálculo de retribución de vacaciones
Por días de vacaciones pendientes de disfrutar: 47€ / día x 8 días de vacaciones pendientes = 376€
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Pagas extraordinarias
–Paga de Navidad: para calcular la parte que corresponde cobrar de la paga de Navidad debemos tener en cuenta que en este ejemplo la paga es anual. Por lo tanto, multiplicamos 30 días por los meses en los que se ha generado el derecho a cobrar por este concepto.
(8 meses x 30 días) + 4 días = 244 días
La paga de Navidad es de 1410€, por lo tanto, el importe diario de la paga de Navidad es: 1410€ / 360 días = 3,92€
De esta forma correspondería cobrar: 3,92€ x 244 días = 956,48€
-Paga de verano: procedemos a realizar los cálculos para la paga de verano, que es de 1.410€.
(2 meses x 30 días) + 4 días = 64 días
El importe diario de la paga de verano es: 1410€ / 360 días = 3,92€
Por lo tanto, correspondería cobrar: 3,92€ x 64 días = 250,88€
En este caso, el finiquito total a percibir por el trabajador sería de 1771,36€, que es la suma de los importes que hemos obtenido anteriormente para cada concepto. Recuerda que al finiquito siempre se tiene derecho, no depende ni del tipo de contrato ni de la forma de despido.
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