De qué forma afectan los Presupuestos Generales del Estado a los autónomos
A través de este artículo vamos a explicarte en qué medida afectan los Presupuestos Generales del Estado a los autónomos.
Después del cambio que ha experimentado el panorama político en las últimas semanas con la culminación de un cambio de Gobierno, se ha logrado la aprobación de los nuevos Presupuestos Generales del Estado de 2018.
Aunque con carácter general, la ley de presupuestos de este año entró en vigor el pasado jueves, algunas medidas tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enero, como por ejemplo, la subida de pensiones.
La aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado trae consigo una batería de medidas que favorecen a diferentes colectivos tales como los pensionistas, los funcionarios públicos, a los amantes del cine, así como a aquellos que decidan tener un hijo y trabajen.
Por contra, estos presupuestos también traen consigo una mala noticia para los trabajadores autónomos.
Incremento de la cuota de los trabajadores autónomos
Las personas que están dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos están obligadas a contribuir con la denominada cuota de autónomo que se abona de manera mensual.
Como ya sabes, el trabajador autónomo con el pago de esta cuota, adquiere una serie de derechos sociales que le permiten disfrutar de ciertas prestaciones cuando se encuentre en la situación de maternidad, paternidad, cese de actividad, desempleo o incapacidad temporal.
Esta cuota de autónomo depende de diferentes variantes, tales como las contingencias profesiones, la prestación de cese por actividad o la base de cotización elegida.
[bctt tweet=»¿Sabes cómo afectan los Presupuestos Generales del Estado a los #autónomos ?» username=»genealiaonline»]Pues bien, como cada año esta cuota de autónomo se revisa y se decide si se modifica o permanece invariable.
La mala noticia es que los Presupuestos Generales del Estado contemplan una subida de la base mínima de cotización del 1,4%, por lo que la base mínima de cotización pasará de 919,80 euros a 932,67 euros.
¿Esta medida qué implica para el bolsillo del trabajador autónomo?
Muy sencillo, que aquellos trabajadores autónomos que hayan decidido acogerse a la base mínima de cotización y sólo por contingencia comunes, tendrán que pagar mensualmente la cantidad de 278,87 euros en concepto de cuota de autónomo.
Esta subida se traduce en un pago adicional de 46,44 euros anuales para este trabajador autónomo por su cuota de autónomo.
¿Ha experimentado alguna variación la tarifa plana del trabajador autónomo?
La tarifa plana es una medida introducida en el año 2013 y que consiste básicamente en una reducción temporal de la cuota de la Seguridad Social que han de pagar los nuevos autónomos que decidan darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
La aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado trae consigo una batería de medidas que favorecen a diferentes colectivos tales como los pensionistas, los funcionarios públicos, a los amantes del cine, así como a aquellos que decidan tener un hijo y trabajen
La tarifa plana se ha ido modificando e incluyendo diferentes mejoras respecto a la situación inicial.
Se eliminó la restricción de edad, de forma que el sistema aplicable y los requisitos de la tarifa plana para mayores de 30 años son similares a los reservados a personas menores de esta edad.
Así mismo, se posibilitó que, bajo esta bonificación, los autónomos que la solicitaran también pudieran contratar un empleado, entre otras cuestiones.
Esta bonificación supone una importante rebaja en la cuota que tiene que pagar el trabajador autónomo a la Seguridad Social. De tal forma que en lugar de los nuevos 278,87 euros (cuota mínima), empezará pagando tan sólo 50 euros durante los primeros 12 meses y después, se irá incrementado esta cantidad progresivamente hasta llegar a la tarifa normal.
En definitiva, ¿cómo afectan los Presupuestos Generales del Estado a los autónomos respecto a la aplicación actual de esta tarifa plana? pues en nada, ya que permanece invariable y con los mismos requisitos, con la única salvedad que a continuación pasamos a explicarte.
Medida que entrará en vigor a partir del día 1 de agosto de 2018
Como novedad, debemos destacar una medida que entrará en vigor a partir del 1 de agosto de 2018.
¿En qué consiste esta medida?
Muy simple, si eres trabajador autónomo residente en un municipio de menos de 5.000 habitantes y tienes localizada la sede social de tu actividad profesional o empresarial en el mismo, tendrás derecho a ampliar 12 meses más la tarifa plana.
Evidentemente para poder acogerte a esta medida será necesario que cumplas los siguientes requisitos:
- Deberás estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Haber causado alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales correspondiente al municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Permanecer empadronado en el mismo municipio durante los 4 años siguientes al alta en el Censo de Obligados Tributarios.
- Mantener el alta como trabajador autónomo durante 2 años en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores.
Novedades en materia de deducciones fiscales
La forma en la que afectan los Presupuestos Generales del Estado a los autónomos tiene una vertiente también de tipo fiscal. En los mismos se recogen una serie de partidas presupuestarias tendentes a aumentar los pagos por las nuevas deducciones fiscales. Concretamente se preven una serie de gastos deducibles.
Así por ejemplo, se contempla la deducción de gastos en concepto de guardería por importe de hasta 1.000 euros anuales.
También se prevén una serie de gastos deducibles en caso de cónyuge discapacitado (hasta 1.200 euros al año), por familia numerosa (600 euros anuales por hijo, a partir del cuarto) y rebajas del IRPF para autónomos con rentas medias y bajas.
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Esperamos que ahora tengas más claro cómo afectan los presupuestos generales del estado a los autónomos. Si es así, ¡no dejes de valorar el artículo y añadir comentarios!